Test Oposiciones

Ya son 2,217 Oposiciones ( 15,997 plazas) y 685 Bolsas de Trabajo en 2024

Hoy habéis hecho 66 tests

Buscar TEST
 

Buscar Temas
 

Tests Auxilio Judicial 2024

Foro General

[Ultimo Mensaje 03-05-24 02:41:51] Comentarios sobre Test Específico para Personal de Limpieza, [Agrupaciones Profesionales APF] Subalterno y de Servicios - 05 [9 Lecturas] Consulta Atendida

[Ultimo Mensaje 03-05-24 01:17:28] Comentarios sobre Test Específico para Personal de Limpieza, [Agrupaciones Profesionales APF] Subalterno y de Servicios - 05 [4 Lecturas] Cuestión Planteada

[Ultimo Mensaje 03-05-24 10:41:26] Supuesto práctico atención al público [711 Lecturas] Consulta Atendida

[Ultimo Mensaje 03-05-24 10:33:06] Comentarios sobre Oposiciones Estado 2024 :: La Constitución española de 1978: Derechos y Deberes Fundamentales [12 Lecturas] Consulta Atendida

[Ultimo Mensaje 02-05-24 07:17:11] Comentarios sobre Test sobre Selección de ropa sucia: Aspectos esenciales de la simbología del etiquetado de las prendas que debe conocer el Auxiliar de Servicios de la Comunidad de Madrid [15 Lecturas] Cuestión Planteada

[Ultimo Mensaje 02-05-24 11:21:09] Test camarero limpiador Xunta de Galicia [1716 Lecturas] Consulta Atendida

  

Foro de Tests y de Temas

[Ultimo Mensaje 03-05-24 10:32:38] Insertado 🚆 Test Examen 2.892 Plazas Nuevas Oposiciones RENFE 2024 [38] Condiciones Generales de Transporte de RENFE actualizadas a Mayo de 2024 [5 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 02-05-24 12:07:35] Insertado Test sobre conocimiento sobre Planchado Manual por el Auxiliar de Servicios de la Comunidad de Madrid [12 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 02-05-24 09:51:34] Insertado ✅TEST para HOY DOS [02] de MAYO que se celebra ... 🔢 EL DIA INTERNACIONAL CONTRA EL #Bullying O ACOSO ESCOLAR [9 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 02-05-24 09:31:44] Insertado 🚆 Test Examen 2.892 Plazas Nuevas Oposiciones RENFE 2024 [37] Libro Blanco de la Cultura de Seguridad de RENFE. [19 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 01-05-24 06:00:51] Insertado Test Administrativo Autoridad Portuaria [08] Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (CIAIM) [18 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 01-05-24 05:23:22] Insertado 📯 Tests Oposiciones CORREOS 2024 ✅ Nuevas líneas de negocio: Correos Logística. Correos Frío. Otros negocios. [21 Lecturas]

  
[TEMA] Tema 6. Discriminación por razón de género: especial referencia a la Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. La Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Antecedentes. Objeto y principios rectores. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de la violencia de género. Tutela institucional.

autor.: cejuanjo

Remitido el 15-10-07 a las 08:59:15 :: 13731 lecturas


1.- Discriminación por razón de género: especial referencia a la Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

El art. 14 de la Constitución proclama la igualdad de todos los españoles ante la ley lo que conlleva que no pueda prevalecer discriminación alguna por – entre otros motivos – razón de sexo. La igualdad entre mujeres y hombres es actualmente un principio indiscutido tanto en las constituciones como en las distintas declaraciones de derechos humanos. Sin embargo se trata de un pleno reconocimiento de igualdad ante la ley que no evita la subsistencia de una realidad social en la que persisten situaciones de desigualdad. Unas situaciones opuestas a la voluntad del constituyente que impone a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. Este mandato constitucional justifica situaciones de la llamada discriminación positiva o favorable, discriminación que paradójicamente surte a los fines de eliminar las situaciones de discriminación.
Expresión del citado mandato es la acción normativa que conduce a la Ley Orgánica 3/2007.
La Ley se estructura en un Título preliminar, ocho Títulos, treinta y una disposiciones adicionales, once disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y ocho disposiciones finales.
El Título Preliminar establece el objeto y el ámbito de aplicación de la Ley.
El Título Primero define los conceptos y categorías jurídicas básicas y determina las consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias.
En el Título Segundo, Capítulo Primero, se establecen las pautas generales de actuación de los poderes públicos.
En el Capítulo II de este Título se establecen los criterios de orientación de las políticas públicas en materia de educación, cultura y sanidad.
El Título III contiene medidas de fomento de la igualdad en los medios de comunicación social.
El Título IV se ocupa del derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. Se incluye además, entre los derechos laborales de los trabajadores y las trabajadoras, la protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
El Título V, en su Capítulo I regula el principio de igualdad en el empleo público, en su Capítulo II, la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos de órganos directivos de la Administración General del Estado. El Capítulo III de este Título se dedica a las medidas de igualdad en el empleo en el ámbito de la Administración General del Estado.
El Título VI de la Ley está dedicado a la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios, con especial referencia a los seguros.
El Título VII contempla la realización voluntaria de acciones de responsabilidad social por las empresas en materia de igualdad específicamente en acciones con fines publicitarios. En este Título, y en el marco de la responsabilidad social corporativa, se ha incluido el fomento de la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los consejos de administración de las sociedades mercantiles, concediendo para ello un plazo razonable.
El Título VIII de la Ley establece una serie de disposiciones organizativas, con la creación de una Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres y de las Unidades de Igualdad en cada Ministerio. Junto a lo anterior, la Ley constituye un Consejo de participación de la mujer, como órgano colegiado que ha de servir de cauce para la participación institucional en estas materias.
2.- La Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Antecedentes.

Nuestra Constitución incorpora en su artículo 15 el derecho de todos a la vida y a la integridad física y moral, sin que en ningún caso puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Además, continúa nuestra Carta Magna, estos derechos vinculan a todos los poderes públicos y sólo por ley puede regularse su ejercicio.
La Organización de Naciones Unidas en la IV Conferencia Mundial de 1995 reconoció ya que la violencia contra las mujeres es un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz y viola y menoscaba el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales. En la realidad española, las agresiones sobre las mujeres tienen una especial incidencia, existiendo hoy una mayor conciencia que en épocas anteriores sobre ésta, gracias, en buena medida, al esfuerzo realizado por las organizaciones de mujeres en su lucha contra todas las formas de violencia de género.
En los años previos a la Ley Orgánica 1/2004 se han producido en el derecho español avances legislativos en materia de lucha contra la violencia de género, tales como la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre, de Medidas Concretas en Materia de Seguridad Ciudadana, Violencia Doméstica e Integración Social de los Extranjeros; la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, o la Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica; además de las leyes aprobadas por diversas Comunidades Autónomas, dentro de su ámbito competencial. Todas ellas han incidido en distintos ámbitos civiles, penales, sociales o educativos a través de sus respectivas normativas.
3.- Objeto y principios rectores.

En cuanto al objeto de la Ley su artículo 1 lo sitúa en los siguientes puntos:
1. Actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
2. Establecer medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de esta violencia.
3. Delimitar el ámbito de la violencia de género comprendiendo en él todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.
En cuanto a los principios rectores se consideran entre otros:
a) Fortalecer las medidas de sensibilización ciudadana de prevención, dotando a los poderes públicos de instrumentos eficaces en el ámbito educativo, servicios sociales, sanitario, publicitario y mediático.
b) Consagrar derechos de las mujeres víctimas de violencia de género, exigibles ante las Administraciones Públicas, y así asegurar un acceso rápido, transparente y eficaz a los servicios establecidos al efecto.
c) Reforzar hasta la consecución de los mínimos exigidos por los objetivos de la ley los servicios sociales de información, de atención, de emergencia, de apoyo y de recuperación integral, así como establecer un sistema para la más eficaz coordinación de los servicios ya existentes a nivel municipal y autonómico.
4.- Medidas de sensibilización, prevención y detección.

En el título I se determinan las medidas de sensibilización, prevención y detección e intervención en diferentes ámbitos. En el educativo se especifican las obligaciones del sistema para la transmisión de valores de respeto a la dignidad de las mujeres y a la igualdad entre hombres y mujeres. El objetivo fundamental de la educación es el de proporcionar una formación integral que les permita conformar su propia identidad, así como construir una concepción de la realidad que integre a la vez el conocimiento y valoración ética de la misma.
En la Educación Secundaria se incorpora la educación sobre la igualdad entre hombres y mujeres y contra la violencia de género como contenido curricular, incorporando en todos los Consejos Escolares un nuevo miembro que impulse medidas educativas a favor de la igualdad y contra la violencia sobre la mujer.
En el campo de la publicidad, ésta habrá de respetar la dignidad de las mujeres y su derecho a una imagen no estereotipada, ni discriminatoria, tanto si se exhibe en los medios de comunicación públicos como en los privados. De otro lado, se modifica la acción de cesación o rectificación de la publicidad legitimando a las instituciones y asociaciones que trabajan a favor de la igualdad entre hombres y mujeres para su ejercicio.
En el ámbito sanitario se contemplan actuaciones de detección precoz y apoyo asistencial a las víctimas, así como la aplicación de protocolos sanitarios ante las agresiones derivadas de la violencia objeto de esta Ley, que se remitirán a los Tribunales correspondientes con objeto de agilizar el procedimiento judicial. Asimismo, se crea, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, una Comisión encargada de apoyar técnicamente, coordinar y evaluar las medidas sanitarias establecidas en la Ley.
5.- Derechos de las mujeres víctimas de la violencia de género. Tutela institucional.?

En el título II, relativo a los derechos de las mujeres víctimas de violencia, en su capítulo I, se garantiza el derecho de acceso a la información y a la asistencia social integrada, a través de servicios de atención permanente, urgente y con especialización de prestaciones y multidisciplinariedad profesional. Con el fin de coadyuvar a la puesta en marcha de estos servicios, se dotará un Fondo al que podrán acceder las Comunidades Autónomas, de acuerdo con los criterios objetivos que se determinen en la respectiva Conferencia Sectorial.
Asimismo, se reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita, con el fin de garantizar a aquellas víctimas con recursos insuficientes para litigar una asistencia letrada en todos los procesos y procedimientos, relacionados con la violencia de género, en que sean parte, asumiendo una misma dirección letrada su asistencia en todos los procesos. Se extiende la medida a los perjudicados en caso de fallecimiento de la víctima.
Se establecen, asimismo, medidas de protección en el ámbito social, modificando el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para justificar las ausencias del puesto de trabajo de las víctimas de la violencia de género, posibilitar su movilidad geográfica, la suspensión con reserva del puesto de trabajo y la extinción del contrato.
En idéntico sentido se prevén medidas de apoyo a las funcionarias públicas que sufran formas de violencia de las que combate esta Ley, modificando los preceptos correspondientes de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
Se regulan, igualmente, medidas de apoyo económico, modificando el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, para que las víctimas de la violencia de género generen derecho a la situación legal de desempleo cuando resuelvan o suspendan voluntariamente su contrato de trabajo.
Para garantizar a las víctimas de violencia de género que carezcan de recursos económicos unas ayudas sociales en aquellos supuestos en que se estime que la víctima debido a su edad, falta de preparación general especializada y circunstancias sociales no va a mejorar de forma sustancial su empleabilidad, se prevé su incorporación al programa de acción específico creado al efecto para su inserción profesional. Estas ayudas, que se modularán en relación a la edad y responsabilidades familiares de la víctima, tienen como objetivo fundamental facilitarle unos recursos mínimos de subsistencia que le permitan independizarse del agresor; dichas ayudas serán compatibles con las previstas en la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de Ayudas y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y Contra la Libertad Sexual.
6.- Tutela Institucional

En el título III, concerniente a la Tutela Institucional, se procede a la creación de dos órganos administrativos. En primer lugar, la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer, en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a la que corresponderá, entre otras funciones, proponer la política del Gobierno en relación con la violencia sobre la mujer y coordinar e impulsar todas las actuaciones que se realicen en dicha materia, que necesariamente habrán de comprender todas aquellas actuaciones que hagan efectiva la garantía de los derechos de las mujeres. También se crea el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer, como un órgano colegiado en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y que tendrá como principales funciones servir como centro de análisis de la situación y evolución de la violencia sobre la mujer, así como asesorar y colaborar con el Delegado en la elaboración de propuestas y medidas para erradicar este tipo de violencia.

  Indice  Mensaje Nuevo

Usuario.:
Contraseña.:

Aviso Escribe Usuario.: Invitad@ Contraseña.: 12345

Título.:

Mensaje.:

 

¿A qué OPOSICIONES te puedes presentar en 2024?

Convocadas hace dias

Ámbito

Categoría

Búsqueda Libre

   

... o haz clic sobre tu Provincia para encontrar las OPOSICIONES más próximas


Este 2024 ya llevamos convocadas 15,997 plazas en 2,217 Oposiciones y se han abierto 685 Bolsas de Trabajo [hoy 0 plazas en 0 Oposiciones con apertura de 0 Bolsas]

Supuestos Prácticos Oposiciones

[Ultimo Mensaje 28-04-24 11:32:14] Caso Práctico Bolsa de Trabajo Técnicos/as Superiores en Integración Social [194 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 26-04-24 09:32:13] Caso Práctico de Técnico Medio de Gestión del Talento y de las Personas de la Diputación de Valencia [segundo parte examen fase oposición] [32 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 22-04-24 08:57:34] ✅ 10 trucos que no fallan para pasar un examen de supuestos prácticos administrativos pudiendo usar leyes [119 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 22-04-24 07:43:06] Supuesto Práctico para Técnico/a en Cooperación Internacional y Educación para el Desarrollo de la Diputación [416 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 21-04-24 10:28:09] Supuestos Prácticos de Operario de Instalaciones Deportivas del Ayuntamiento de Madrid [343 Lecturas]

  

Articulos y Temas


[Ultimo Mensaje 15-05-23 01:42:13] 
Angulo poético :: COJONES dijo la MARQUESA :: [572 Lecturas] Consulta Atendida

[Ultimo Mensaje 30-03-24 06:30:49] ¿Porqué cada tres mal restan una bien? [25704 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 27-04-24 08:08:07] MODULO GIA AYTO [33 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 09-04-24 08:59:37] Oposiciones a la Unión Europea :: Un gran desconocido [20512 Lecturas]

[Ultimo Mensaje 02-04-24 02:39:33] Técnicas de examen (10) Técnica de la lectura doble para dar contestaciones [518 Lecturas]

  


Visitas Hoy.: 151 :: (10786 Visitas Previstas) :: Total visitas desde 01/04/2009.: 42399983

Aviso Legal :: Reglas de Participacion :: Politica de consentimiento de usuarios